La vía soft de fomento de las competencias directivas en los niveles de gobiernos provinciales e insulares, a través de mecanismos de impulso a la integridad corporativa, como ha propuesto la Administración Foral de Guipúzcoa (AFG) , se ve cada vez más reforzada tras la increíble sentencia [1] del 17/12/2019 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo, sobre la iniciativa de la Diputación de Cáceres, que aprobó un reglamento de directivos propio, cuya legalidad acabó enjuiciada. La sentencia, que pone en jaque la autonomía organizativa local, y que, en palabras del profesor Jiménez Asensio, cierra “la posibilidad de que Diputaciones provinciales, en desarrollo de los artículos 32 bis LBRL y 13 del EBEP, regulen aspectos del régimen jurídico del personal directivo profesional, si no hay una disposición normativa previa del poder legislativo estatal o autonómico, o del poder reglamentario también estatal o autonómico ” [2] . Como recoge en su blog “delaJusticia.com” José R...